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Establecimientos Educacionales Confesionales no requieren realizar encuesta sobre la clase de Religión.

06 de Octubre, 2016

La Superitendencia de Educación acoge solicitud del Vicario para la Educación, P. Tomás Scherz, que enmienda error que señalaba que todos los establecimientos debían realizar encuesta respecto de las clases de Religión.

La Superitendencia de Educación acoge solicitud del Vicario para la Educación, P. Tomás Scherz, para modificar el Ordinario 9 DFI N°0374 del 14 de abril de 2016 que informa sobre los documentos mínimos que deberán estar a disposición de esa repartición pública, en la aplicación del Plan Anual de Fiscalización 2016.

En dicho Ordinario, en la parte “Gestión Pedagógica” se pide para todos los establecimientos educacionales “encuestas respecto a las clases de religión”, obviando que esto no es exigible para los establecimientos educacionales confesionales, los cuales deben acreditar su confesionalidad.

En el Ordinario N° 0703, del 16 de junio de 2016, se corrige lo expuesto quedando la siguiente formulación:

Encuestas aplicadas respecto a las clases de religión:

Establecimientos Educacionales Confesionales: ofrecerán a sus alumnos la enseñanza de la religión a cuyo credo pertenecen. Sin embargo, deberán respetar la voluntad de aquellos padres y/o apoderados que, por tener otra fe, manifiesten por escrito que no deseen que su hijo asista a clases de Religión. No se requiere realizar encuesta.

Es importante destacar que en el proceso de reconocimiento oficial, el establecimiento debe indicar el credo o religión que profesa.

En adjunto se encuentra en documento final para descargarlo.



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